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NOTA INFORMATIVA DE ALTERNATIVASINDICAL

La Audiencia Nacional en su Sentencia 151/2014 de 17 de Septiembre  falla a favor del derecho de los trabajadores a percibir durante sus vacaciones los complementos variables.

audiencia-nacionalAunque el nuevo Convenio pactado por los de siempre nos burla poder seguir cobrandolo en lo sucesivo, los años anteriores son susceptibles de demandar por parte de los trabajadores. Entendemos que los años 2012 y 2013 podrían plantear problemas de prescripción, no obstante los servicios jurídicos de alternativasindical intentará que prosperen las demandas, aunque con posibilidades muy remotas. Sin embargo el año 2014 se puede reclamar. Por otro lado el año 2015 ( primer semestre ) las empresas lo pueden abonar aun en 2016, de no ser así también puede ser demandado.

Por tanto, aquellos trabajadores que quieran pueden ponerse en contacto con alternativasindical y demandar los complementos variables del artículo 66.2 del Convenio Colectivo, para proceder a las reclamaciones de cantidades correspondiente, para lo cual deberán facilitar las nóminas de los años a reclamar, los cuadrantes y los períodos de vacaciones disfrutados.

D. José Luis Campillos Sánchez Bermejo

Coordinador Jurídico de alternativasindical