AFÍLIATE

Eulen inspección de trabajo

 

 

 

 

EULEN que intentó deshacerse de nuestra delegada en Barajas incluyéndola en el ERTE, ya fue condenada en primera Instancia, pero aún así como el refrán del tonto y la linde, prefiere acumular Sentencias Jurisprudenciales como está que le adornará del Supremo.

Así la Sala desestima el Recurso y manifiesta además que las razones que sustentan el motivo no pueden ser aceptadas por la Sala en base a los argumentos que exponemos a continuación.

El art. 51. 5 del ET reconoce una preferencia expresa de permanencia de los representantes legales de los trabajadores en los casos de despidos colectivos regulados en dicho artículo por las causas que establece en su apartado primero, y en el séptimo. Teniendo en cuenta que las suspensiones colectivas de contratos por fuerza mayor del art. 47.3 del ET se regulan por la vía del art. 51.7 del ET, resulta de aplicación, también a las suspensiones la preferencia contemplada en el art. 51.5 bajo el que se rige el supuesto del art. 51.7. Este es el criterio seguido por la Magistrado de Instancia, y que se discute en el motivo.

Entendemos que no se infringe el R.D. 8/2020 porque aunque no articule expresamente la prerrogativa del art. 68 del ET, tampoco la elimina y no cabe, como pretende la recurrente, interpretar el silencio del Legislador de forma extensiva y menos aún cuanto se trata de la interpretación de un derecho fundamental. En este sentido se ha vulnerado el derecho sindical de la actora, como miembro del comité de empresa al incluirla en el ERTE, tramitado de conformidad con el R.D. 8/2020 por COVID 19, que si bien es cierto que en su articulado no establece el derecho de preferencia de los miembros del comité de empresa respecto de otros trabajadores en situación de suspensión del contrato de trabajo, derivado del COVID 19, sin embargo no excluye su derecho ni puede ser interpretado extensivamente .- En consecuencia Doña Beatriz no debió ser incluida en el ERTE y el fallo de instancia que así lo establece debe ser confirmado por la Sala de Suplicación.

Enhorabuena a los servicios jurídicos y a nuestra delegada.

 

LEER AQUÍ SENTENCIA 》》》 EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID RATIFICA LA CONDENA A EULEN POR VULNERAR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE NUESTRA DELEGADA