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Servicios esenciales

 
El Gobierno obliga a los trabajadores de puestos no
esenciales a quedarse en casa hasta el 9 de abril.
Pedro Sánchez ha anunciado este sábado que entre el 30 de marzo y el 9 de abril, todos aquellos trabajadores que no pertenezcan a sectores esenciales, deberán quedarse en casa. Pero en la mente de muchos españoles surge la duda de cuáles son, con exactitud, esas profesiones esenciales y cuáles no lo son.

El presidente del Gobierno se ha remitido al real decreto de alarma aprobado el 14 de marzo, pero seguramente será este domingo cuando el Consejo de Ministros deje más claro qué cambia respecto a lo que hace dos semanas se consideró esencial.

Por ahora, hay algunas certezas, y muchas dudas.
Servicios esenciales ( estos tienen que ir a trabajar )
– Personal sanitario.
– Farmacias.
– Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Bomberos y Protección Civil.
– Personal de fabricación de material sanitario.

– Mantenimiento o reparación de instalaciones sanitarias.
– Sector alimentación: personal de supermercados, mayoristas, agricultores, ganaderos, pescadores, transportistas.
– Transporte de material de primera necesidad.
– Servicios funerarios.
– Limpieza y recogida de basuras.
– Transporte y distribución de combustibles.
– Fabricación de productos de limpieza e higiene.
– Conservación de carreteras.
– Seguridad privada.
– Medios de comunicación (así lo ha dicho específicamente este sábado Sánchez).

 
Servicios dudosos
– Oficinas bancarias.
– Oficinas de seguros.
– Trabajadores de empresas de transporte público de personas
(conductores de autobús o tren).
– Correos.
– Comercio online.
– Estancos.
– Teleoperadores.
– Oficinas no relacionadas con servicios de primera necesidad.
– Líneas de producción no relacionadas con servicios esenciales.
– Ópticas.
– Tiendas de animales.
Todo el Personal no nombrado se queda seguro en casa desde el 30 de marzo con permiso retribuido
hasta el día 9 de abril.
Por que el Personal de Seguridad Privada si es personal esencial ?

Lo aclaramos; por que aunque parezca mentira algunos compañeros están llamando preguntando si es personal esencial.
Increíble pero cierto.
EL MINISTERIO DEL INTERIOR ESTABLECIÓ LOS CRITERIOS DE ACTUACIÓN DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD EN EL MARCO DEL REAL DECRETO DEL ESTADO DE ALARMA DONDE
INCLUÍA AL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA.
· La orden comunicada con motivo del Estado de alarma y que tuvo como destinatarios a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; los cuerpos de Policía de las comunidades autónomas y de
las corporaciones locales y
el personal de las empresas de seguridad
privada lo dejaba bastante claro.
· Uno de los objetivos de la orden es “garantizar
de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
una acción concertada y el personal y empresas de seguridad privada, para la implantación y el
cumplimiento, en todo el territorio nacional, de las medidas previstas en el Real Decreto”.
La orden dictada subraya, una vez más,
colaboración público privada en seguridad y que la misma quedaba la importancia de la bajo la subordinación del Ministerio del Interior en atención a la Ley 5/2014.
Alberto García Martinez ( Portavoz de alternativasindical)
Madrid , 28 de marzo de 2020