AFÍLIATE

ILUNION ERTE

 

 

 

Alternativasindical ha presentado ampliación de la impugnación contra el ERTE que pretende ILUNION SEGURIDAD por supuesto dolo y mala fe, y por Infracción por parte de la empresa del artículo 34, del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. BOE» núm. 73, de 18 de marzo de 2020, páginas 25853 a 25898 (46 págs.) donde se explica con total claridad que un contrato público como lo es el de ILUNION con AENA no puede quedar suspendido y a su vez el contratista tener derecho a indemnizaciones y posibilidad de reclamar los salarios como daños y perjuicios según la Ley de contratos públicos. Este contrato además al estar sujeto a un servicio de seguridad queda excluido de las causas que alega la empresa.

 

 

 

IMG-20200327-WA0025
Madrid, 27 de marzo de 2020
Coordinador Delegado Sección Sindical Estatal en ILUNION

 

 

IMG-20200327-WA0026