Así, en escrito dirigido a este sindicato por La Agencia Estatal de Seguridad Aérea esta, ha remitido contestación a la denuncia presentada por la Federación Balear de alternativasindical donde solicitábamos que se eliminara de las Tarjetas Aeropuertiarias de los Vigilantes su DNI en sustitución del TIP, quedando a estudio la eliminación del nombre.
“Buenos días:
En relación a su escrito de referencia 2017074698 con entrada en AESA el día 20/12/2017, nos gustaría informarle que la normativa comunitaria de aplicación en los aeropuertos de la Unión europea establece la información mínima que se debe incluir en las acreditaciones aeroportuarias. Uno de estos datos es el nombre del titular. A nivel nacional se acordó que se incluyera, además, el DNI/NIE/pasaporte del titular.
A solitud del sindicato de empresas de seguridad privada se solicitó que en las acreditaciones de los vigilantes de seguridad que desarrollan su actividad en los aeropuertos nacionales no figurase el DNI. Por lo que se aprobó una modificación del Programa Nacional de Seguridad de la aviación civil (PNS), a la que hacen referencia, en la que se estableció que en las acreditaciones de los vigilantes de seguridad se podría sustituir el DNI por el TIP. Además, en la oficina local de seguridad se pondrá a disposición de las FFCCS del aeropuerto la información que permita vincular el DNI al TIP.
Las modificaciones del PNS son aprobadas por el Comité Nacional de Seguridad (CNS), aunque los textos propuestos para su aprobación son previamente analizados y debatidos en los Grupos de trabajo creados expresamente y por la propia Comisión permanente del CNS.
Si bien es cierto que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea asume las funciones de la Autoridad competente en relación al desarrollo y coordinación de los aspectos prácticos del PNS, en la Comisión permanente y los grupos de trabajo asiste personal del Ministerio del Interior, a través de la Secretaria de Estado de Seguridad, de la Policía Nacional representados por personal de la Unidad Central de Fronteras y de la Guardia Civil representados por personal del Servicio de Costas y Fronteras.
De manera que en la propuesta de modificación de la norma que nos indica, AESA siguió las recomendaciones realizadas desde el Ministerio del Interior que determinó que se podía eliminar de las acreditaciones el DNI, pero no el nombre del vigilante de seguridad.
No obstante, en la nueva revisión que se está haciendo del PNS desde AESA se volverá a presentar la propuesta que nos indica.
Agradeciendo su colaboración,”
Departamento de Normativa de Seguridad
seguridadnorma.aesa@seguridadaerea.es
División de Seguridad y Facilitación de la Aviación Civil
Dirección de Seguridad de la Aviación Civil y Protección al Usuario
Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
En Mallorca, a 8 de enero de 2018
Informa. Pedro Soler Sánchez (Coordinador de acción sindical de alternativasindical Balear)