
Importante revés para la empresa de seguridad de las Cortes Valencianas, Conselleria de Justicia y de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana después de que el Tribunal de Instancia de Albacete, Sección de los Social plaza número 3, haya invalidado los tijeretazos aplicados por la empresa de seguridad en la liquidación de cuatro vigilantes del Centro Penitenciario de Albacete tras la demanda interpuesta por parte de la Federación Valenciana de Alternativa Sindical en nombre y representación de sus cuatro afiliados.
La sentencia recrimina duramente a GARDA SERVICIOS DE SEGURIDAD SA su planteamiento procesal tras presentar la documentación con más de 15 meses de retraso y no presentarse al acto de conciliación laboral. De esta forma, el Tribunal de Instancia de Albacete ha dictado la Sentencia nº 274/2026 por la que condena de manera categórica a la empresa Garda Servicios de Seguridad SA al pago de las cantidades indebidamente descontadas a cuatro vigilantes de seguridad adscritos al servicio del Centro Penitenciario de Albacete, más los correspondientes intereses de demora y las costas procesales.
Además, el fallo judicial desmonta de forma contundente la práctica de la mercantil, que amputó de manera arbitraria e injustificada cientos de euros en los finiquitos de los trabajadores bajo el pretexto de «supuestos defectos de jornada».
Un boicot procesal de 15 meses desestimado por el Juzgado
La sentencia, firmada por el Magistrado Juez pone al descubierto la negligente estrategia procesal de la mercantil ya que la dirección de GARDA intentó incorporar numerosas pruebas documentales un año y medio tarde, concretamente a escasos días del juicio, ignorando conscientemente las advertencias expresas del juzgado.
Por ello, el magistrado inadmitió en su totalidad dichas pruebas por un «incumplimiento palmario de los plazos procesales establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (L.R.J.S.)», dejando a la empresa sin sustento probatorio ni argumento válido alguno.
Asimismo, el Tribunal afea la actitud despectiva de la empresa con la mediación laboral, al haber plantado al acto de conciliación extrajudicial en una clara muestra de falta de interés por llegar a un acuerdo previo. Esta incomparecencia injustificada ha acarreado una condena expresa en costas procesales contra Garda Servicios de Seguridad SA.
El fallo judicial estima en su integridad la demanda interpuesta por los trabajadores y acuerda:
Condenar a Garda Servicios de Seguridad SA. al abono inmediato de las cantidades reclamadas junto a un 10% de interés por mora.
Imponer a la mercantil el pago de las costas procesales, incluyendo 600 euros en concepto de honorarios de la letrada de los trabajadores por la injustificada incomparecencia de la empresa en vía administrativa previa.
Declarar la resolución como FIRME, al no caber recurso de suplicación contra la misma.
Hay que recordar que esta empresa mantiene contratos con la administración autonómica valenciana Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), Cortes Valencianas y Consellería de Justicia, siendo, además, una empresa que también tiene varias sentencias condenatorias por vulneración de derechos fundamentales y a la libertad sindical contra este sindicato.
Hay que destacar especialmente que esta resolución sienta un importante precedente frente a las prácticas abusivas en las liquidaciones de las contratas de seguridad privada, recordando a la patronal que los límites del convenio colectivo y los derechos de las plantillas son de obligado e inexcusable cumplimiento.
