AFÍLIATE

ERE SECURITAS

 

 

 

 

Madrid, 25 de junio de 2020

 

 
Los sindicatos UGT y USO al unísono, y a la cabeza UGT han cedido a los intereses empresariales de entrada en la constitución ilegítima de una mesa negociadora con partes incluidas que no representan a los trabajadores. Así por ejemplo la empresa TECHCO donde la mayoría
de los presentes no tenían legitimación han decidido seguir adelante con una mesa en vez de dos. Si bien CCOO se ha opuesto a la constitución que tampoco Nadir espere una impugnación como tampoco hizo ante el ERTE.
Para que no pase como en el ERTE hemos querido hacer constar y solicitar en esta primera reunión que se entregue el escrito con una memoria en la que se detallen los motivos por los que se solicita él ERE y una relación de los empleados en ambas empresas. Además, se nos indiquen los trabajadores afectados y qué se propone para la afectación al ere y los criterios de elección. También se indique si hay extinción a trabajadores que se encuentran en suspensión de sus contratos por el anterior ERTE impugnado pues este procedimiento está pendiente de juicio. Así mismo se especifique las indemnizaciones correspondientes a cada trabajador afectado a fin de que esta comisión o almenos esté sindicato pueda evaluarlas y en su caso comprobarlas.
En caso de no hacer entrega de esta documentación entendemos que la empresa vuelve a obrar de mala fe acudiendo a la primera reunión sin ni tan siquiera hacer entrega de la memoria explicativa, y ocasiona indefensión a la parte social, o almenos a una parte que si viene a defender a los trabajadores afectados.
Para este sindicato no concurre causas para proceder a el ere por cuanto el grupo securitas ( que por cierto abarca más empresas de las afectadas y representadas aquí ) a arrojado más de 20 millones de beneficios según publica prensa a través de la dirección de la empresa hace tan solo unos meses.
No procede tampoco causas técnicas por cuanto el excedente de mano de obra quedó sujeto a un ERTE con posibilidad de retorno y de recuperación de jornada, salvo que el ERTE haya quedado sin efecto o fuera un fraude.
Tampoco concurre causas productivas por cuanto no nos consta que hayan cambiado los métodos de trabajo del personal ni el modo de organizar la producción. El personal de estructura sigue haciendo las mismas funciones y en sede física salvo lo que estuvieron sujetos al ERTE que ya están reincorporados o teletrabajando que también están ya operativos en sede física.
Para el caso de que él ERE siga adelante con el apoyo de UGT, CCOO y USO, dos de ellos ya firmaron a favor del ERTE y en este van por el mismo camino… desde Alternativasindical hemos exigido los siguientes CRITERIO PARA ELEGIR A LOS TRABAJADORES AFECTADOS. No obstante a ello ya os adelantamos que impugnaremos el ERTE, no así lo harán los sindicatos que os dijeron los jefes que votaseis y que nuevamente os dejan en la calle.

PROPUESTAS.    Desde Alternativasindical para la elección de los empleados que se verán afectados por el ERE exigimos los siguientes criterios:
Que, esta decisión, no como en el anterior ERTE firmado por UGT y USO, estén sujetas a criterios de objetividad relacionados a las causas del despido. Por ejemplo, la edad, la modalidad contractual del trabajador, su productividad individual, su titulación o su antigüedad en la empresa.
Además, exigimos que se protejan a aquellos empleados que tengan cargas familiares, sean mayores o tengan alguna discapacidad.
También hemos propuesto y exigido que se mejore la cantidad de 20 días por año a cada trabajador despedido elevándola a 33.
Os iremos informando de las reuniones o de los pasteleos posteriores.

 

 
Sergio Bastanchury Megias
Coordinador delegada sección sindical Estatal de alternativasindical en Securitas.

 

 
INFORMACIÓN DE INTERÉS A LOS AFECTADOS
Cómo ampara la ley a un despedido por ERE?
Un empleado que se vea afectado por un ERE tendrá derecho a recibir una indemnización por despido; una prestación por desempleo; un plan de recolocación externo (en función de cada caso); y a poder impugnar su despido ante el orden jurisdiccional social.
En cuanto a la indemnización mínima que le corresponde a los despedidos por ERE, ésta será de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. En los casos inferiores al año, la cantidad se prorrateará.
Esta cantidad podrá ser mejorada si se llega a un acuerdo en el periodo de consultas.

 
Disfruten lo que pagan y votan.