AFÍLIATE

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En Madrid, a 3 de enero de 2019
SECCION SINDICAL ESTATAL EN TRABLISA (TRANSPORTES BLINDADOS SA)

 

Por parte de trabajadores embarcados en el Oceano Indico, se nos hace llegar su actual y problemática situacion, derivada de su relacion con la empresa.

Para empezar, dichos trabajadores, perciben una determinada retribucion al estar embarcados,cuatro meses, mas alla del salario base, peligrosidad y antigüedad, consistente, por un lado en una cantidad por dietas y otra como complemento del puesto de trabajo que varia en funcion de la zona geografica donde se encuentren.

Mientras dichos trabajadores permanecen en tierra, dos meses entre embarques,perciben solo salario base, peligrosidad y antigüedad. La empresa obliga a dichos trabajadores a firmar un anexo a su contrato, por el cual se les detrae de su complemento de embarque, una media de 600 € mensuales, argumentando que ese dinero va destinado al abono de su salario cuando estan en tierra. Dicha clausula es abusiva y claramente ilegal, amen que aquellos trabajadores que han querido firmar no conforme, se les ha negado el embarque y se les mantiene en tierra, en una clara situacion de coaccion.

Estos hechos han propiciado que muchos de dichos trabajadores hayan presentado demandas al respecto en la jurisdiccion social.

Por otro lado, se nos comunica que ha dichos trabajadores se les deniega el disfrute de vacaciones, que van al margen de los dos meses de descanso en tierra, y tampoco se les abonan Este hecho es de extrema gravedad por cuanto que se vulnera un derecho fundamental de los trabajadores.

Tambien falta de cuadrante anual y de notificacion oficial y aviso de embarque con la antelacion suficiente.
Por otro lado desde el inicio de la relacion laboral ningun trabajador ha realizado los cursos de reciclaje pertinentes, como establece nuestro convenio colectivo, ni los cursos especificos de dicho servicio

Tambien se nos advierte, que en todos los buques de embarque, dichos trabajadores carecen de la ropa de agua y abrigo adecuada, ya que la facilitada es claramente insuficiente, pues se suministra ropa para zona calida, olvidando que en el mar las temperaturas varian del calor al frio en pocas horas. Asi mismo, los botiquines facilitados por la empresa no son los adecuados para la vida maritima, amen que se detecta que la operativa no es uniforme para todos los buques, quedando al arbitrio de un jefe de equipo, creando una evidente confusion en los trabajadores, amen que el plan de riesgos laborales es individual por buque. Carecen de proteccion auditiva efectiva y homologada, al igual que tampoco tienen proteccion ocular polarizada ni proteccion balistica ni guantes anti corte, ni proteccion para la cabeza.
Tampoco se les ha abonado a los trabajadores los ejercicios de tiro obligatorios realizados, ni los realizados embarcados, que no reconoce la Guardia Civil.
Se solicita explicacion razonada juridicamente del motivo por el cual dichos trabajadores estan de alta en el regimen de la mar, siendo que una gran mayoria carecen de cartilla de marinero, siendo personal supranumerario, no gozando de ninguno de los derechos que pudieran tenetr los marinos. Se recuerda que estar inscrito en dicho regimen no es condicion necesaria para recibir asistencia sanitaria, ya que para eso solo es necesario poseer la tarjeta sanitaria europea.
Por ultimo, se solicita explicacion juridica de porque dichos trabajadores no fueron incluidos en el censo para las elecciones sindicales celebradas el pasado mes de Junio en Madrid, ya que parece que se da a entender que dichos trabajadores estan en un limbo de representacion sindical, cosa que tambien vulnera su derecho fundamental a ser representados por el Comite de Empresa.
Por todo lo expuesto, conminamos a la empresa a que resuelva las conidiciones arriba descritoas de estos trabajadores, dotandoles del equipamiento adecuado, incluido el sanitario,unifique los criterios de actuacion en los diferentes barcos, explique su exclusion del censo electoral sindical, les de las vacaciones que les corresponden, elimine las clausulas abusivas en sus contratos, respete sus condiciones economicas sin detraerles ninguna cantidad injustificadamente y les abone los atrasos correspondientes, etc etc.
Recordamos a la empresa, y a los trabajadores que puedan estar siendo mal informados, que los acuerdos a los que pueda llegar con dichos trabajadores, lo sera a titulo individual de cada trabajador, recomendando la presencia de representantes sindicales en esa posible reunion, y recordando tambien que cualquier acuerdo a nivel global de dichos trabajadores, solo podra llevarse a cabo entre empresa y Comite de Empresa, o que se presente un acuerdo que el Comite de Empresa ratifique por mayoria, siendo ilegal cualquier acuerdo global en ese sentido, firmado por cualquier trabajador que no lo haga a titulo particular
Si, no observamos que dichas condiciones de trabajo se han arreglado o se ha llegado a un acuerdo con el Comite de Empresa al respecto, desde esta Seccion sindical se promovera la correspondiente denuncia a la inspeccion de trabajo por estos hechos, amen de animar a que cada trabajador actue tambien individualmente en las instancias juridicas y administrativas correspondientes.
D. Horacio Nuñez Peque, Coordinador juridico de la Seccion Sindical y miembro del Comite de Empresa

Madrid a 3 de Enero de 2019