AFÍLIATE

La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social ha realizado las pertinentes actuaciones de comprobación relativas a los posibles incumplimientos denunciados en su día por Alternativa Sindical contra LOOMIS Spain Castellón.

Hay que recordar que los días 13 y 14 de julio de 2023 y 13 y 14 de diciembre de 2023, la empresa, a través del Departamento de RRHH de la empresa remitió por correo electrónico la documentación que le fue solicitada por el Organismo Estatal de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, relativo a la realización de horas extraordinarias 2023 de los trabajadores del centro de trabajo situado en la Avenida Catalunya de la localidad valencina de Almazora.

Una vez examinada la pertinente documentación se comprueba que se ha infringido lo establecido en el artículo 35.2 del R. D. Legislativo 2/2015 de 23 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores. Como consecuencia de lo comprobado se promueve, por parte de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, acta de infracción por exceder del número máximo de horas extra.

Igualmente se hace referencia a la aplicación de una cotización del incremento del 75% sobre la hora ordinaria basada en un presunto incumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo 675/2018, de 27 de junio, en cuya fallo “se estima el recurso de casación interpuesto por el sindicato Confederación Intersindical Galega (CIG) contra la sentencia dictada el 30 de junio de 2016 por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en autos núm. 118/2016 , seguidos a instancia de la recurrente contra la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicio de Seguridad (APROSER) y 7 más y en el que ha sido parte el Ministerio Fiscal.

En consecuencia, se anula la sentencia recurrida, estimando así la demanda inicial de Alternativa Sindical y declarando la ilegalidad y nulidad del inciso final del art. 44 que dice «con los valores mencionados en el art. 42», así como el inciso final del art. 63, párrafo segundo, cuya eficacia queda limitada a los supuestos de acumulación de crédito horario.”

Por todo lo expuesto y habiendo impugnado el Sindicato el artículo 55 del Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad y, a fecha de presentación del escrito de denuncia, no habiendo sido anulado por el Tribunal Supremo, queda expedita la vía judicial para reclamar el 75% del recargo que incrementaría la hora ordinaria. Y así se pone en conocimiento para los efectos oportunos por la infracción e LOOMIS Spain denunciada en su momento por Alternativa Sindical y así lo ha comunicado la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

En boca del portavoz de Alternativa Sindical, esta nueva resolución de sanción, «se suma a las múltiples que tiene esta empresa en todo ámbito de cuestiones laborales. La empresa LOOMIS sigue en sus trece de incumplir sistemáticamente todas las normas laborales habidas y por haber, sumándose al extenso número de empresas piratas que campan por el sector.

Es una vergüenza que entidades del nombre de Mercadona, Banco Santander o Inditex cuenten con estas empresas para realizar servicios», finaliza.