AFÍLIATE

ERTE TRABLISA

 

 

TRABLISA inspección de trabajo

 

 

 

 

A esperas de la resolución definitiva, el Ministerio de Trabajo da la razón a alternativasindical en su impugnación del ERTE de TRABLISA y emite informe desfavorable en parte al ERTE manifestando que no se ha acreditado la causa de fuerza mayor en muchos de los lugares de trabajo ( sin especificar cuáles ).

Así el informe establece en su resolución:

“Estas afirmaciones coinciden con la obligación legal de la empresa de acreditar la existencia de la fuerza mayor derivada de la normativa del COVID-19 para cada uno de los casos para los que se solicita. Así el artículo 22.2 b) del Real Decreto-Ley 8/2020, establece que la empresa deberá justificar “la existencia de fuerza mayor, como causa motivadora de la suspensión de los contratos o de la reducción de jornada.”.
Es decir, se considera necesaria la motivación, la justificación y la acreditación de las circunstancias invocadas por la empresa, tanto más cuanto la apreciación de la fuerza mayor dependa de conceptos jurídicos indeterminados.

De acuerdo con lo expuesto anteriormente, se ha informado favorablemente el expediente de regulación de empleo para aquello trabajadores en los que se ha acreditado la fuerza mayor, informándose desfavorablemente para aquellos en los que no se ha podido acreditar, que la actividad de sus empresas clientes se encuentra entre las afectadas por las medidas de contención contempladas en el artículo 10 y en el Anexo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Por último informarle que , todo lo anteriormente expuesto no impediría acudir a otros procedimientos, como el previsto en los artículos 16 y siguientes del Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, de medidas de suspensión o reducción de jornada fundadas en causas económicas, técnicas, organizativas y de producción relacionadas con el COVID-19, con las peculiaridades previstas en el artículo 23 del Real Decreto- ley 8/2020, de 17 de marzo.

 

 

 

 
Es todo cuanto se informa.
Madrid, 11 de Mayo de 2020
Fdo: María Romero Cabello de Alba
INSPECTORA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

 

 

 

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