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El próximo 23 de julio de 2023 se celebran Elecciones Generales. Conviene conocer los derechos que tendrán los trabajadores para ir a votar o formar parte de las mesas electorales.

Trabajo el día de las elecciones pero quiero ir a votar. El permiso retribuido

Votar es un derecho fundamental reconocido en la Constitución, por lo que los trabajadores que trabajen el día de las elecciones tienen un permiso especial para poder ir a votar.

El trabajador tiene derecho a ausentarse del trabajo por el tiempo necesario para votar.

Este tiempo que se utiliza el permiso será retribuido por la empresa, es decir que no se cobrará menos por haber ido a votar y haber faltado ese tiempo al trabajo, pero el trabajador tiene que avisar a la empresa de que va a usar este permiso. En el momento de la votación pedirá un justificante en la mesa electoral y se lo deberá entregar a la empresa para acreditar que efectivamente ha ido a votar. Si el domingo trabaja, pero no va a votar y por lo tanto no puede aportar el justificante, no tendrá derecho a ningún permiso.

El permiso para votar puede ser de hasta 4 horas retribuidas (dependiendo de coincidencia de horarios) si se trabaja a jornada completa y reducido proporcionalmente si se trabaja a tiempo parcial.

Tener un permiso de hasta 4 horas no significa que se tengan que ocupar necesariamente las 4 horas o que se tenga que coger el permiso siempre que se trabaje, será necesario ver el caso concreto:

Derechos de las personas que trabajan el día de las elecciones (domingo 28 de mayo) y van a acudir a votar

Caso A) Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de los colegios electorales (de 9:00 a 20:00 horas) o que coincida por menos de 2 horas: No tendrán derecho a permiso retribuido ya que la jornada de trabajo no le impide ir a votar.

Caso B) Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en 2 o más horas y que éste sea de menos de 4 horas de trabajo: Tendrán derecho a un permiso retribuido de 2 horas.

Caso C) Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida más de 4 horas pero menos de 6 con el de los colegios electorales: Tendrán permiso retribuido de 3 horas.

Caso D) Trabajadores a los que el horario de votación y trabajo les coincide en 6 o más horas: tienen derecho a un permiso de cuatro horas.

En el caso de trabajadores a tiempo parcial, se reducen los tiempos de permiso en proporción a las horas trabajadas.

Respecto de los trabajadores que tuvieron turno de noche antes del día electoral, la empresa deberá cambiar el turno al trabajador para que pueda descansar. En el caso de que sea posterior (noche del domingo al lunes) el turno se reducirá en cinco horas.