AFÍLIATE

El Tribunal Supremo ha dictado a favor de las centrales sindicales demandantes contra SEGURISA y entre las que se encontraba alternativasindical ,que ambos Pluses son compatibles y mientras se visualiza escáner se está rotando de posición y por tanto se deben abonar ambos pluses acumulados con la limitación de convenio.

Alternativasindical que se adhirió a la demanda de la Audiencia Nacional, que ya dictaminó a favor de los sindicatos, ha sido ratificada por el Tribunal Supremo que dictamina que todos los vigilantes han de cobrar la radioscopia mientras realizan visualización acumuladamente con el plus de rotación.

Como muchos sabéis en los aeropuertos existen puestos de filtros de pasajeros que tienen tres posiciones: escáner, arco y reinspección. Estas posiciones son cubiertas por tres vigilantes que rotan en los puestos, dado que en el visionado de escáner para su efectividad no se puede permanecer más de 20 minutos. La empresa demandada no abonaba el plus rotación cuando las personas vigilantes de seguridad ocupaban el sitio de visualización de escáner.

El Tribunal Supremo determina que el plus de radioscopia aeroportuaria y el plus filtro rotación son compatibles, al atender a finalidades distintas y que también cuando se ocupa la posición de visionado de escáner y por tanto se percibe el plus de radioscopia, también se está rotando y por tanto también se debe percibir el plus de rotación.

Se podrá reclamar desde el 14 de noviembre de 2018 las cantidades correspondientes a las horas que la persona vigilante de seguridad aeroportuaria haya pasado en escáner adicionando a esas horas el valor del plus de rotación por las mismas, con el límite de no superar la suma de todos los importes el tope mensual por que se percibirá por el Plus de Radioscopia.

LEER AQUÍ SENTENCIA: >>>