Es común, que muchos mandos intermedios de empresas de Seguridad Privada nos envíen órdenes de trabajo fuera de nuestro horario laboral, cambios de turnos, coberturas de turnos en nuestros días libres etc.. y casi siempre vía WhatsApp, y fuera del horario laboral. Distinto sería que se hiciera dentro del mismo.
Debéis saber y conocer todos que se puede ignorar cualquiera de estas órdenes de trabajo cuando devengan fuera del horario laboral. Es más, podéis incluso denunciar a la empresa y mando intermedio que tenga estas prácticas.
La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales
El nuevo texto fija el derecho de los trabajadores a la desconexión digital en el ámbito laboral, en los siguientes términos
«1. Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.
2. Las modalidades de ejercicio de este derecho atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral, potenciarán el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su defecto, a lo acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores.(…)
Reiterando lo anteriormente dicho, el derecho a la desconexión digital fuera del horario de trabajo se conceptúa (no se regula específicamente en nuestro país) como la limitación al uso de las tecnologías de la comunicación (mensajerías y correos electrónicos en su mayor medida) para garantizar el tiempo de descanso y vacaciones de los trabajadores.
Madrid, 2 de enero de 2020
Para ampliar información. Alberto García Martinez. Telefono 673 80 10 85