AFÍLIATE

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Y es que ya lo advertíamos a los Sindicatos adlateres ( UGT, CCOO y USO ) que ni la Sentencia del TSJ de Valencia les daba la razón cuando además afirmaba claramente que no era funciones de los vigilantes, ni que tampoco nosotros desde alternativasindical íbamos a acceder a que las empresas y sus sindicatos adlateres nos pusieran en primera línea de fuego en la pandemia.

Así hoy, a tenor de la información preliminar de la que dispone la AEPD a raíz de las numerosas denuncias interpuestas por alternativasindical, manifiesta que se aprecian indicios racionales de una vulneración de la normativa en materia de protección de datos, sin perjuicio de lo que se determine en el curso de la tramitación.

Es por ello que, de acuerdo con el artículo 65 de la LOPDGDD, la Agencia Española de Protección de Datos ha acordado pese a la fugaz alegria que tuvieron los adlateres:
admitir a trámite todas las reclamación presentada por ALTERNATIVA SINDICAL DE TRABAJADORES DE SEGURIDAD PRIVADA contra las empresas denunciadas.

Una vez comunicada la resolución final de este procedimiento os daremos traslado de dicha resolución. Por el momento no daremos traslado de las actuaciones para que ningún agente interesado entorpezca las actuaciones.

 

 

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Madrid, 6 marzo de 2021

Alberto García Martínez
Departamento de comunicación de alternativasindical

 

 

 

 

Hablamos con hechos