AFÍLIATE

cámara

 

 

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Desde alternativasindical de trabajadores de seguridad privada se ha elevado consulta ante la Agencia Española de Protección de Datos sobre la autorización para que los vigilantes de seguridad puedan portar una microcámara que grabe audio y video a la hora de tener que intervenir ante la comisión de un hecho delictivo o infracción administrativa.

Desde que finalizó el estado de alarma y las autoridades sanitarias junto con el gobierno central impulsasen nuevos decretos y Órdenes Ministeriales como pueda ser el obligado uso de la mascarilla en el transporte público las agresiones a vigilantes de seguridad han ido en aumento. En este sentido como sólo mantenemos el carácter de agente de la autoridad cuando desempeñamos labores de seguridad privada bajo el mando y cooperación de las Fuerzas y cuerpos de seguridad (Art. 31 de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada) entendemos que a la hora de comparecer en sede judicial las imágenes y audios captados por la microcamara pueden ser de gran utilidad toda vez que sirvan de ayuda para mitigar las agresiones a los vigilantes.

Adjuntamos respuesta a nuestra consulta ante la AEPD.

 

LEER AQUÍ  》》》  La AEPD a consulta de alternativasindical no ve impedimento que los Vigilantes de Seguridad lleven microcámaras