
A instancias de denuncias interpuestas por el sindicato profesional mayoritario en en sector alternativa sindical, una de las empresas denominadas por el sindicato “ Piratas del sector “ más concretamente, la empresa Bilbo Guardas ha sido sancionada por abonar y cotizar las horas extraordinarias a sus trabajadores a precio inferior establecido en convenio, como además obligada a abonar las diferencias salariales dejadas de percibir a sus trabajadores y al abono de los costes dejados de ingresar a la seguridad social por dichos conceptos.
Por si esto fuera poco, la mercantil Vasca además ha sido sancionada con infracciones grave por superar el número de horas extraordinarias anualmente a los trabajadores, algo que para el portavoz de alternativa sindical suponía un lucro incesante “ ya que al abonar todas las horas extras a ocho euros, el coste para la empresa era casi mayor que el de la propia hora ordinaria “. Además añade el portavoz que “Así la empresa llevaba años jugando con este beneficio que además suponía una competencia desleal para el resto de empresas a la hora de adjudicarse servicios para los cuales esta estafa a los trabajadores les hacía más competitivos económicamentes, todo ello con la complicidad de los sindicatos que tienen representación en el comité como UGT o USO, que conociendo estos hechos no los ha denunciado nunca.”
Así la Inspección ha podido constata que, “una vez efectuado el análisis del precio al que se le abonó la hora extraordinaria por parte de Bilbo Seguridad a los trabajadores en el
año 2023, que ascendió a 8 euros/hora, se comprueba que este importe no es el correspondiente al
previsto en el precepto del convenio colectivo -extractado-
. Así, efectuados los cálculos pertinentes, cabe
concluir que el valor de la hora extraordinaria en el año 2023 debería ser (sin tener en cuenta la
antigüedad y los complementos personales que varían en función de cada trabajador) de 9,04
euros/hora (salario base: 1052,52 euros, el complemento de peligrosidad: 21,83 euros, en un total de 15
pagas, y dada la jornada de 1782 horas, supone un total 9,04 euros/hora para cada trabajador).
A este importe habría que añadirle la parte correspondiente al complemento de antigüedad, en su caso,
tal como establece expresamente el propio artículo, además de los complementos trabajo nocturno, fin
de semana y festivos, peligrosidad variable si durante la realización de la hora extraordinaria concurriera
alguna de las circunstancias o condiciones que dan lugar a su devengo.
En relación al año 2024, se comprueba que el precio al que se retribuyó la hora extraordinaria a cada
trabajador en los meses de enero y febrero fue de 8 euros y 8,75 euros por hora, respectivamente,
pasando a abonarles 9,41 euros/hora a partir de marzo. Efectuados los mismos cálculos que para el año
2023, con las cantidades actualizadas según convenio, cabe concluir que este último dato (9,41
euros/hora) sí sería correcto. No obstante, faltaría añadir, al igual que en el año 2023, la parte relativa al
complemento de antigüedad, así como los complementos trabajo nocturno, fin de semana y festivos,
peligrosidad variable en caso de que durante la realización de la hora extraordinaria concurriera alguna
de las circunstancias o condiciones que dan lugar a su devengo.
Hay que añadir que este acta solo corresponde al grupo de trabajadores adscritos a Guadalajara, a los que habrá que añadir en breves la sanción del grosor de la plantilla adscritas en Madrid y Bilbao, hechos también denunciados por el sindicato alternativa sindical y que acarreará más sanciones graves a la que el portavoz denomina “ empresa pirata” del sector.