AFÍLIATE

logo-securitas

 

 

 

Hoy, hemos asistido a un caso común pero no menos insólito. La sección sindical de UGT ha interpuesto un conflicto para el  reconocimiento de un derecho consolidado por el Tribunal Supremo, que no es otro que sea considerado como tiempo de trabajo el empleado en la recogida de uniformidad. Para este caso, la sección sindical de UGT ALTERNATIVASINDICAL, Y CCOO estaban de acuerdo, pero mira por donde los abogados de UGT han decidido pactar pese al criterio del Comité con la empresa que ese derecho sea compensado con que la empresa cumpla con su obligación estipulada en convenio de llevar la uniformidad a tu servicio. Es decir, todos los que hayáis tenido que ir a buscarla en 2017 no veréis en este acto de conciliación refrendado vuestro derecho, tal y como se solicitaba, pero eso si, la empresa se compromete a través del nuevo artículo 23 del convenio a cumplir con el propio convenio. Agradecemos de un lado el magnífico acuerdo alcanzado por los servicios jurídicos de UGT en cuanto a que la empresa diga ( no sin dudas ) respetar el convenio, y por otro que los abogados de UGT hayan tirado a los perros a sus propios representantes manifestando que ellos querían pactar en esos términos y que era el comité quien no. Buen trabajo de la empresa desde luego y de la dirección de UGT, que ha quedado plasmado en sede judicial.

 

 

LEER AQUÍ ACUERDO:   》》   Acuerdo para la entrega de uniformidad en SECURITAS