AFÍLIATE

Ombuds ILUNION  carrefour

 
Alternativasindical ha formulado en el día de hoy demanda de incidente concursal ante el Juzgado de lo Mercantil n.3, al objeto de impugnar la lista de acreedores elaborada por la administración Concursal donde se ha trasladado dicha deuda al FOGASA respecto de más de 500 trabajadores subrogados por la empresa ILUNION en Carrefour, y de la cual debe hacerse cargo esta última y no el Organismo público como se pretenden por parte da la Administración Concursal BAKER TILLY CONCURSAL, S.L.P quién ha incluido al menos a 500 trabajadores de OMBUDS subrogados
por la empresa ILUNION en los créditos privilegiados al FOGASA.
Alternativasindical ha adjuntado al Juzgado Mercantil, la denuncia cursada ante la Tesorería General de la Seguridad Social, para que dicte resolución donde se declare la responsabilidad solidaria respecto de las obligaciones contraídas por la mercantil concursada OMBUDS COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, recaídas en la nueva adjudicataria de varios centros de trabajo ILUNION SEGURIDAD S.A , al entender que este Juzgado de lo Mercantil debe de exigir la responsabilidad solidaria declarada sobre los derechos de cobro de las deudas contraídas con la Seguridad Social, cotizaciones y salarios a ILUNION SEGURIDAD y no al Fondo de Garantía Salarial como pretende por informe del Administrador
Concursal, de unos 500 trabajadores subrogados.

No en vano y así se hace saber al Juzgado de lo Mercantil, El Tribunal Supremo estima el recurso de casación en el año 2018 sobre otras dos contratas y determina que la empresa adjudicataria responde del pago de las indemnizaciones por la deuda a salariales y la extinción colectiva previa de los contratos de trabajo (art. 44.3 ET), sin que del art. 148 de la Ley
Concursal (LC) se deduzca lo contrario.
Es por ello que alternativasindical entiende que no debe ser el erario público ( FOGASA ) quien acarree con una deuda de la que por Ley debe hacerse cargo la nueva concesionaria del
servicio como es el caso de ILUNION del Grupo ONCE.
El portavoz nacional de alternativasindical considera lamentable que sea los Organismos públicos quienes tengan que acarrear las consecuencias de las malas prácticas empresariales, así como que en este caso ILUNION pretenda “escurrír” su responsabilidad solidaria dado que es sobradamente conocedora de esta responsabilidad, pues fue esta misma empresa la que fue condenada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la famosa sentencia SOMOZA, donde la
condenaba en un caso idéntico a este.
Se adjunta demanda de incidente Concursal.

 

 

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Madrid, 4 de marzo de 2020
Alberto García Martínez tlf. 673 80 10 85
Coordinador de comunicación nacional de alternativasindical