AFÍLIATE

IMG-20181012-WA0015     Dada la polémica desatada en las últimas horas debido a la difusión de un vídeo manipulado y con cortes mal intencionados, por partes interesadas en ello, en el que no se aprecia la intervención completa omitiendo las partes en las cuales se puede apreciar como el viajero de color, al parecer, agrede con el patinete a los vigilantes justo antes de su desalojo del tren añadiendo, además, un titular sensacionalista señalando directamente a un hecho racista y dando a entender, torticeramente, que los vigilantes subieron al tren, sin más, solicitando al viajero de color que enseñase su billete solo por ser de raza negra. Ante tales hechos hemos de afirmar que es absolutamente falso que esto sucediera así. El viajero de color se encontraba situado en el andén justo delante de una de las puertas del tren obstaculizando la bajada de viajeros. Es en ese momento cuando se le solicitó amablemente que se echara a un lado para facilitar el flujo de personas que bajaban del convoy, a lo cual hizo caso omiso. Debido a esta conducta inapropiada, uno de los vigilantes le solicitó el billete ignorando otra vez las indicaciones del personal de seguridad. Cuando cesó el tránsito de viajeros bajando del tren, este usuario, accedió apresuradamente al tren y es cuando la primera pareja de vigilantes accede al mismo comenzando, a continuación, la grabación por parte de una viajera con su móvil particular. Pero curiosamente faltando el tramo de grabación antes del desalojo del viajero de color y que pudieron pasar por dos simples cuestiones; o porque la viajera que grababa dejó de grabar justo el momento en el que los vigilantes lo desalojan del tren y ya vuelve a grabar cuando los vigilantes se encuentran con él en el andén y lo reducen a la espera de la llegada de la Policía, o porque ese tramo de grabación fue manipulado y eliminado. Algo que, en cualquier caso, resulta muy curioso porque es justamente cuando el individuo de color agrede a los vigilantes de seguridad con el patinete y esa agresión no ha salido a la luz pública. Asociaciones pro derechos humanos así como algún medio de comunicación de izquierdas, con pocos escrúpulos, intentan tergiversar la realidad de lo sucedido manipulándola de forma diferente con la única intención de darle un tinte racista, y por ende, sensacionalista dado que el morbo vende más prensa y ese tipo de asociaciones se benefician de publicidad gratuita durante unos días. Aunque lo bien cierto es que el color de la piel del viajero es lo de menos. Es igual que fuese negro, amarillo, rojo o azul, incluso tampoco importa la nacionalidad del infractor. Los vigilantes de seguridad hubiesen actuado de la misma forma dado que es lo que establece la Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada y el protocolo de actuación de RENFE. Por eso, es absolutamente falso que fuese una conducta xenófoba. Basta ya de criminalizar a unos vigilantes de seguridad que intervinieron según las necesidades que requería la situación y que utilizaron la fuerza indispensable para reducir al viajero que, tras visualizar el video, opuso bastante resistencia. También queremos dirigirnos a los indocumentados que afirman con rotundidad que los vigilantes de seguridad, en el desempeño de sus funciones, no pueden solicitar el billete o abono de transporte a los viajeros. Se equivocan gravemente en sus afirmaciones y no se puede faltar a la verdad tan a la ligera y con un desconocimiento importante porque lo único que se puede producir son contradicciones graves ante la opinión pública tal y como está ocurriendo. Dicho lo cual los vigilantes de seguridad que prestan servicio en el transporte ferroviario pueden solicitar el abono de transporte en virtud del artículo 32, apartados a,b,c y d de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, del informe número 2013/038 de la Unidad Central de Seguridad Privada y en virtud del Libro de Normas y Orientaciones para los servicios de seguridad de Renfe. Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada. Artículo 32. Vigilantes de Seguridad y sus especialidades 1. Los vigilantes de seguridad desempeñarán las siguientes funciones: a) Ejercer la vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto privados como públicos, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos, llevando a cabo las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para el cumplimiento de su misión. b) Efectuar controles de identidad, de objetos personales, paquetería, mercancías o vehículos, incluido el interior de éstos, en el acceso o en el interior de inmuebles o propiedades donde presten servicio, sin que, en ningún caso, puedan retener la documentación personal, pero sí impedir el acceso a dichos inmuebles o propiedades. La negativa a exhibir la identificación o a permitir el control de los objetos personales, de paquetería, mercancía o del vehículo facultará para impedir a los particulares el acceso o para ordenarles el abandono del inmueble o propiedad objeto de su protección. c) Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones administrativas en relación con el objeto de su protección, realizando las comprobaciones necesarias para prevenirlos o impedir su consumación, debiendo oponerse a los mismos e intervenir cuando presenciaren la comisión de algún tipo de infracción o fuere precisa su ayuda por razones humanitarias o de urgencia. d) En relación con el objeto de su protección o de su actuación, detener y poner inmediatamente a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes a los delincuentes y los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, así como denunciar a quienes cometan infracciones administrativas. No podrán proceder al interrogatorio de aquéllos, si bien no se considerará como tal la anotación de sus datos personales para su comunicación a las autoridades. Por último añadir que Renfe apoya la intervención de los vigilantes de seguridad, y en ningún caso lo haría, de no tener la convicción absoluta de que el personal de seguridad intervino de acuerdo a la normativa interna y con arreglo a la ley. ADJUNTAMOS EXTRACTO LEY FERROVIARIA DONDE SE EXIGE EL DESALOJO DE LOS USUARIOS QUE MOLESTEN A OTROS USUARIOS.       IMG-20181014-WA0011     ADJUNTAMOS INFORME POLICIAL DONDE SE DEJA CLARA LAS FACULTADES DEL PERSONAL DE SEGURIDAD EN RENFE   LEER AQUÍ INFORME  》》》  Solicitud de títulos de viaje por Vigilantes de seguridad

 

 

 

 

Alberto García Martínez Coordinador de Comunicación Estatal de Alternativa Sindical C/ Fontanares, 51, 1º-A C.P. 46014 Valencia Teléfono: 91 434 09 86 Móvil: 673 80 10 85 Email: alberto.garcia@alternativasindical.es http://www.alternativasindical.es