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La Inspección Provincial de Trabajo ha levantado acta de infracción contra la empresa Segurisa Servicios Integrales de Seguridad S.A. por no abonar el plus de nocturnidad a un trabajador durante el disfrute de un permiso retribuido por intervención quirúrgica de un familiar.

La actuación inspectora se inició tras una denuncia presentada con fecha 10 de septiembre de 2025 por el delegado sindical de Alternativa Sindical, en representación del vigilante de seguridad que tenía una jornada habitual en horario nocturno, de 16:00 a 02:00 horas.

Según se refleja en el expediente sancionador, el trabajador disfrutó de cinco días de permiso retribuidos los días 12, 16, 17, 18 y 20 de junio de 2025, al amparo del artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores, por intervención quirúrgica de un familiar.

Curiosamente durante esos días, la empresa descontó de su nómina el plus de nocturnidad, pese a tratarse de un complemento habitual en su estructura salarial.

La mercantil alegó que el Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad establece que el plus de trabajo nocturno se abona por hora efectivamente trabajada. No obstante, la Inspección subraya que el propio convenio reconoce el derecho al cobro íntegro del plus cuando se realizan cuatro o más horas en jornada nocturna, condición que el trabajador cumple de forma ordinaria y permanente.

Hay que recordar que el informe inspector recuerda que la normativa laboral y la doctrina del Tribunal Supremo, en especial la sentencia de 23 de junio de 2021, establecen que durante los permisos retribuidos el trabajador debe percibir la misma remuneración que hubiera recibido de haber prestado servicios, incluyendo complementos como el de nocturnidad, por lo que la exclusión de dicho plus supone, una minoración injustificada del salario ordinario.

Tras la denuncia presentada por Alternativa Sindical, la Inspección extendió acta de infracción grave, conforme al artículo 7.10 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, al considerar que la empresa vulneró el derecho del trabajador a percibir su retribución completa durante el permiso legalmente reconocido.

Por tanto, nuevo éxito en los Juzgados de Alternativa Sindical en su lucha constante por unas condiciones laborales dignas para el sector de la seguridad privada.